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domingo, 17 de mayo de 2009

Soluciones al problema del hacinamiento en comisarías

Sabemos que en las comisarías de la ciudad de Rosario se encuentran personas privadas de su libertad de forma inconstitucional por el modo, ya que se encuentran hacinados, en lugares que no son sanos ni limpios, pero fundamentalmente por el principio de Inocencia, que establece el Artículo 18 de nuestra Constitución Nacional y en su función dispone el Artículo 5º del Código Procesal Penal "Nadie podrá ser considerado ni tratado como culpable mientras una sentencia firme no lo declare tal".
Sin embargo, vemos que la mayoría de las personas que se encuentran privadas de su libertad, son inocentes, ya que no tienen sentencia firme, y no sólo son tratadas como culpables, sino que tienen agravamientos a lo que sólo debe ser la privación de la libertad ambulatoria en caso de recibir una condena. En la Alcaidía Mayor de nuestra ciudad y en la cárcel de Piñero también podemos contar con al menos el 50 % de la población en Estado de Inocencia.

Debemos considerar que de las personas, que en abuso de la prisión preventiva, se encuentran en los distintos lugares de detención menos de la mitad recibirán una sentencia, el resto, una resolución absolutoria.

Esto significa que la superpoblación no se soluciona construyendo más cárceles, sino respetando la Constitución Nacional y reduciendo la cantidad y tiempo de la restricción de la libertad de las personas imputadas de delitos.

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